SERVICIOS CONSULARES
PODERES NOTARIALES
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FORMULARIO
DESCRIPCIÓN
La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Los dominicanos y extranjeros que requieran que otra persona (APODERADO) actúe en su nombre en la República Dominicana u otro país, a fin de poder realizar diligencias como si fuera el PODERDANTE, puede acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le REDACTE UN ACTO NOTARIAL.
Los Actos Notariales para Aceptación de Guarda de Menor son aquellos donde un ciudadano o institución (PODERDANTE) apodera a otro ciudadano o institución (APODERADO) para que se presente en el Juzgado que Corresponda, a fin de que manifiesta la voluntad del PODERDANTE de aceptar a satisfacción la GUARDA o CUSTODIA del menor, también pueden incluirse en este documento información sobre el tipo de condiciones (económicas, familiares y morales) que posee el PODERDANTE para cuidar a satisfacción al menor.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Actos Notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano (si lo tiene).
- Documento de Identidad o pasaporte del PODERDANTE.
- Información del menor (acta de nacimiento, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, país y lugar de nacimiento, datos de los padres, otros).
- Nombre y apellido completo, documento de identidad y dirección del APODERADO.
- Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.
- Un testigo.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
De una a dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
COSTO
El importe es de:
OBSERVACIONES
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
- En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
- Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
FORMULARIO
DESCRIPCIÓN
La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Los dominicanos y extranjeros que requieran que otra persona (APODERADO) actúe en su nombre en la República Dominicana u otro país, a fin de poder realizar diligencias como si fuera el PODERDANTE, puede acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le REDACTE UN ACTO NOTARIAL.
Los Actos Notariales para Compra son aquellos donde un ciudadano o institución (PODERDANTE) apodera a otro ciudadano o institución (APODERADO) para que gestione la COMPRA de un BIEN a favor del PODERDANTE, ante cualquier institución o persona. El bien puede ser mueble e inmueble.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Actos Notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano (si lo tiene).
- Documento de Identidad o pasaporte del PODERDANTE.
- Información del BIEN a ser comprado (certificado de título de propiedad, descripción exacta incluyendo la ubicación), o por lo menos descripción general del tipo de BIEN que se comprará.
- Nombre y apellido completo, documento de identidad y dirección del APODERADO.
- Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.
- Un testigo.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
De una a dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
COSTO
El importe es de:
OBSERVACIONES
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
- En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
- Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
FORMULARIO
DESCRIPCIÓN
La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Los dominicanos y extranjeros que requieran que otra persona (APODERADO) actúe en su nombre en la República Dominicana u otro país, a fin de poder realizar diligencias como si fuera el PODERDANTE, puede acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le REDACTE UN ACTO NOTARIAL.
Los Actos Notariales para Venta son aquellos donde un ciudadano o institución (PODERDANTE) apodera a otro ciudadano o institución (APODERADO) para que gestione la VENTA de un BIEN propiedad del PODERDANTE, a favor de cualquier institución o persona. El bien puede ser mueble e inmueble.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Actos Notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano (si lo tiene).
- Documento de Identidad o pasaporte del PODERDANTE.
- Información del BIEN a ser vendido (certificado de título de propiedad, descripción exacta, incluyendo la ubicación), o por lo menos descripción general del tipo de BIEN que se venderá
- Nombre y apellido completo, documento de identidad y dirección del APODERADO.
- Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.
- Un testigo.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
De una a dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
COSTO
El importe es de:
OBSERVACIONES
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
- En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
- Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
FORMULARIO
DESCRIPCIÓN
La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Los dominicanos y extranjeros que requieran que otra persona (APODERADO) actúe en su nombre en la República Dominicana u otro país, a fin de poder realizar diligencias como si fuera el PODERDANTE, puede acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le REDACTE UN ACTO NOTARIAL.
Los Actos Notariales para Adopción son aquellos donde un ciudadano (PODERDANTE) apodera a otro ciudadano o institución (APODERADO) para que se presente en un Juzgado o instancia que corresponda, a fin de que manifiesta la voluntad del PODERDANTE de adoptar a un menor; también pueden incluirse en este documento información sobre el tipo de condiciones (económicas, familiares y morales) que posee el PODERDANTE para cuidar a satisfacción al menor reclamado en adopción.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Actos Notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano (si lo tiene).
- Documento de Identidad o pasaporte del PODERDANTE.
- Información del menor (acta de nacimiento, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, país y lugar de nacimiento, datos de los padres, otros).
- Nombre y apellido completo, documento de identidad y dirección del APODERADO.
- Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.
- Un testigo.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
De una a dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
COSTO
El importe es de:
OBSERVACIONES
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
- En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
- Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
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La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Los dominicanos y extranjeros que requieran que otra persona (APODERADO) actúe en su nombre en la República Dominicana u otro país, a fin de poder realizar diligencias como si fuera el PODERDANTE, puede acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le REDACTE UN ACTO NOTARIAL.
Los Actos Notariales para COMPRA con financiamiento son aquellos donde un ciudadano o institución (PODERDANTE) apodera a otro ciudadano o institución (APODERADO) para que gestione la COMPRA de un BIEN a favor del PODERDANTE, teniendo el APODERADO que dirigirse a una entidad que financiará la referida compra. En estos casos es necesario que el PODERDANTE presente un BIEN como garantía de pago del inmueble a adquirir. Existen entidades financieras que aceptan como garantía el mismo inmueble a ser comprado.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Actos Notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano (si lo tiene).
- Documento de Identidad o pasaporte del PODERDANTE.
- Información del BIEN a ser comprado (certificado de título de propiedad, descripción exacta, incluyendo la ubicación), o por lo menos descripción general del tipo de BIEN que se comprará.
- Nombre de la entidad financiera donde se someterá la solicitud del préstamo (si la tiene).
- Nombre y apellido completo, documento de identidad y dirección del APODERADO.
- Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.
- Un testigo.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
De una a dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
COSTO
El importe es de:
OBSERVACIONES
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
- En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
- Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
FORMULARIO
DESCRIPCIÓN
La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Los dominicanos y extranjeros que requieran que otra persona (APODERADO) actúe en su nombre en la República Dominicana u otro país, a fin de poder realizar diligencias como si fuera el PODERDANTE, puede acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le REDACTE UN ACTO NOTARIAL.
Los Actos Notariales para DEMANDA son aquellos donde un ciudadano o institución (PODERDANTE) apodera a otro ciudadano o institución (APODERADO) a fin de que proceda a INCOAR una DEMANDA en contra de un ciudadano o una institución (DEMANDADO). En estos casos el PODERDANTE debe describir las causas que originan la DEMANDA y las consecuencias sufridas o padecidas por la existencia de dichas causas.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Actos Notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano (si lo tiene).
- Documento de Identidad o pasaporte del PODERDANTE.
- Información detallada de la DEAMANDA.
- Nombre y apellido completo, documento de identidad y dirección del APODERADO.
- Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.
- Un testigo.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
De una a dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
COSTO
El importe es de:
OBSERVACIONES
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
- En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
- Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
FORMULARIO
DESCRIPCIÓN
La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Los dominicanos y extranjeros que requieran que otra persona (APODERADO) actúe en su nombre en la República Dominicana u otro país, a fin de poder realizar diligencias como si fuera el PODERDANTE, puede acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le REDACTE UN ACTO NOTARIAL.
Los Actos Notariales de FIADOR son aquellos donde un ciudadano o institución (PODERDANTE) apodera a otro ciudadano o institución (APODERADO) a fin de que proceda a dirigirse a cualquier institución (la que se trate en cada caso), para que indique que el PODERDANTE está dispuesto a ser FIADOR SOLIDARIO para que una segunda persona (puede ser el mismo APODERADO) solicite un préstamo o cualquier beneficio para lo cual la presencia de un FIADOR SOLIDARIO es necesaria.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Actos Notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano (si lo tiene).
- Documento de Identidad o pasaporte del PODERDANTE.
- Información detallada del motivo por el cual se solicita al PODERDANTE ser FIADOR SOLIDARIO.
- Nombre y apellido completo, documento de identidad y dirección del APODERADO.
- Copia título de propiedad (si el fijador tiene que mostrar bienes).
- Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.
- Un testigo.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
De una a dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
COSTO
El importe es de:
OBSERVACIONES
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
- En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
- Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
FORMULARIO
DESCRIPCIÓN
La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Los dominicanos y extranjeros que requieran que otra persona (APODERADO) actúe en su nombre en la República Dominicana u otro país, a fin de poder realizar diligencias como si fuera el PODERDANTE, puede acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le REDACTE UN ACTO NOTARIAL.
Los Actos Notariales de REPRESENTACION son aquellos donde un ciudadano o institución (PODERDANTE) encomienda a otro ciudadano o institución (APODERADO) a que le represente ante cualquier acto civil que el PODERDNATE requiera efectuar ante las instituciones de la República Dominicana o de otro país.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Actos Notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano (si lo tiene).
- Documento de Identidad del PODERDANTE.
- Información tan específica como sea posible del objeto de la representación, es decir todas aquellas acciones que el PODERDANTE requiere que el APODERADO realice en nombre del PODERDANTE.
- Información que demuestre que el PODERDANTE tiene capacidad legal para pedir al APODERADO que realice algo en su nombre con relación a algún bien, ya sea mueble o inmueble (título de propiedad, cuenta bancaria, certificado financiero, etc.).
- Nombre y apellido completo, documento de identidad y dirección del APODERADO.
- Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.
- Un testigo.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
De una a dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
COSTO
El importe es de:
OBSERVACIONES
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
- En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
- Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
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DESCRIPCIÓN
La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Los dominicanos y extranjeros que requieran que otra persona (APODERADO) actúe en su nombre en la República Dominicana u otro país, a fin de poder realizar diligencias como si fuera el PODERDANTE, puede acudir a las oficinas consulares dominicanas, para que le REDACTE UN ACTO NOTARIAL.
Los Actos Notariales de DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES son aquellos donde uno de los esposos (PODERDANTE) encomienda a un abogado, a una persona o a una institución (APODERADO) a que le tramite un DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES ante las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Actos Notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano (si lo tiene).
- Documento de Identidad del PODERDANTE.
- Documento de identidad con el que contrajo el matrimonio.
- Copia del Acta de Matrimonio (si la tiene).
- Nombre y apellido completo, documento de identidad y dirección del APODERADO.
- Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.
- Un testigo.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
De una a dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
COSTO
El importe es de:
OBSERVACIONES
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
- En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
- Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
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La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Los dominicanos y extranjeros que requieran que otra persona (APODERADO) actúe en su nombre en la República Dominicana u otro país, a fin de poder realizar diligencias como si fuera el PODERDANTE, puede acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le REDACTE UN ACTO NOTARIAL.
Los Actos Notariales de DIVORCIO POR MUTUO ACUERDO sin ESTIPULACIONES son aquellos donde dos parejas o solo una de ellas (PODERDANTES) encomiendan a un abogado, a una persona o a una institución (APODERADO) a que le tramite un DIVORCIO POR MUTUO ACUERDO ante las leyes de la República Dominicana o de otro país, facultando al APODERADO para que redacte el ACTO DE ESTIPULACIONES y CONVENCIONES.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Actos Notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano (si lo tiene).
- Documento de Identidad del PODERDANTE.
- Documento de identidad con el que se contrajo el matrimonio.
- Copia del Acta de Matrimonio (si la tiene).
- Nombre y apellido completo, documento de identidad y dirección del APODERADO.
- Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.
- Un testigo.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
De una a dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
COSTO
El importe es de:
OBSERVACIONES
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
- En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
- Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
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DESCRIPCIÓN
La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Los dominicanos y extranjeros que requieran que otra persona (APODERADO) actúe en su nombre en la República Dominicana u otro país, a fin de poder realizar diligencias como si fuera el PODERDANTE, puede acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le REDACTE UN ACTO NOTARIAL.
Los Actos Notariales de DIVORCIO POR MUTUO ACUERDO sin ESTIPULACIONES son aquellos donde dos parejas o solo una de ellas (PODERDANTES) encomiendan a un abogado, a una persona o a una institución (APODERADO) a que le tramite un DIVORCIO POR MUTUO ACUERDO ante las leyes de la República Dominicana o de otro país, facultando al APODERADO para que redacte el ACTO DE ESTIPULACIONES y CONVENCIONES.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Actos Notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano (si lo tiene).
- Documento de Identidad del PODERDANTE.
- Documento de identidad con el que se contrajo el matrimonio.
- Copia del Acta de Matrimonio (si la tiene).
- Nombre y apellido completo, documento de identidad y dirección del APODERADO.
- Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.
- Un testigo.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
De una a dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
COSTO
El importe es de:
OBSERVACIONES
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
- En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
- Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
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La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Los dominicanos y extranjeros que requieran que otra persona (APODERADO) actúe en su nombre en la República Dominicana u otro país, a fin de poder realizar diligencias como si fuera el PODERDANTE, puede acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le REDACTE UN ACTO NOTARIAL.
Los Actos Notariales para GESTION DE BIENES (muebles o inmuebles) son aquellos donde un ciudadano o institución (PODERDANTE) encomienda a otro ciudadano o institución (APODERADO) a que gestione a favor del PODERDANTE bienes muebles o inmuebles propiedad del PODERDANTE ubicado ya sea en la República Dominicana o en otro país. Con frecuencia las gestiones incluyen: administrar, alquiler, renovación de certificados, cancelación de certificados, ingreso de dinero en cuenta, retiro de dinero de cuenta, entre otros aspectos propios de la administración y gestión de bienes muebles o inmuebles.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Actos Notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano (si lo tiene).
- Documento de Identidad del PODERDANTE.
- Copia título de propiedad del o los inmuebles.
- Nombre y apellido completo, documento de identidad y dirección del APODERADO.
- Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.
- Un testigo.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
De una a dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
COSTO
El importe es de:
OBSERVACIONES
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
- En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
- Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
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La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Los dominicanos y extranjeros que requieran que otra persona (APODERADO) actúe en su nombre en la República Dominicana u otro país, a fin de poder realizar diligencias como si fuera el PODERDANTE, puede acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le REDACTE UN ACTO NOTARIAL.
Los Actos Notariales para GESTION DE INMUEBLES son aquellos donde un ciudadano o institución (PODERDANTE) encomienda a otro ciudadano o institución (APODERADO) a que gestione a favor del PODERDANTE bienes inmuebles propiedad del PODERDANTE. Con frecuencia se refiere a administración del inmueble tales como alquiler, cobro de renta, sometimiento por incumplimiento de pago de renta, desalojo, traspaso, entre otros.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Actos Notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano (si lo tiene).
- Documento de Identidad del PODERDANTE.
- Copia título de propiedad del o los inmuebles.
- Nombre y apellido completo, documento de identidad y dirección del APODERADO.
- Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.
- Un testigo.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
De una a dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
COSTO
El importe es de:
OBSERVACIONES
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
- En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
- Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
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La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Los dominicanos y extranjeros que requieran que otra persona (APODERADO) actúe en su nombre en la República Dominicana u otro país, a fin de poder realizar diligencias como si fuera el PODERDANTE, puede acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le REDACTE UN ACTO NOTARIAL.
Los Actos Notariales para DESADUANAR BIENES son aquellos donde un ciudadano o institución (PODERDANTE) encomienda a otro ciudadano o institución (APODERADO) a que gestione la salida de BIENES perteneciente al PODERDANTE ante la Dirección General de Aduanas de la República Dominicana.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Actos Notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano (si lo tiene).
- Documento de Identidad del PODERDANTE.
- Copia factura de los bienes a ser desaduanados (si la tiene).
- Nombre y apellido completo, documento de identidad y dirección del APODERADO.
- Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.
- Un testigo.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
De una a dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
COSTO
El importe es de:
OBSERVACIONES
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
- En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
- Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
FORMULARIO
DESCRIPCIÓN
La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Los dominicanos y extranjeros que requieran que otra persona (APODERADO) actúe en su nombre en la República Dominicana u otro país, a fin de poder realizar diligencias como si fuera el PODERDANTE, puede acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le REDACTE UN ACTO NOTARIAL.
Los Actos Notariales para HIPOTECA son aquellos donde un ciudadano o institución (PODERDANTE) encomienda a otro ciudadano o institución (APODERADO) a que gestione a favor del PODERDANTE aspectos relacionados a una HIPOTECA, ya sea en el proceso de solicitarla o de cancelarla ante cualquier institución de la República Dominicana o de otro país.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Actos Notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano (si lo tiene).
- Documento de Identidad del PODERDANTE.
- Copia título de propiedad del o los inmuebles implicado en la hipoteca (si la tiene)
- Nombre y apellido completo, documento de identidad y dirección del APODERADO.
- Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.
- Un testigo.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
De una a dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
COSTO
El importe es de:
OBSERVACIONES
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
- En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
- Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
FORMULARIO
DESCRIPCIÓN
La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Los dominicanos y extranjeros que requieran que otra persona (APODERADO) actúe en su nombre en la República Dominicana u otro país, a fin de poder realizar diligencias como si fuera el PODERDANTE, puede acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le REDACTE UN ACTO NOTARIAL.
Los Actos Notariales para PARTICION DE BIENES son aquellos donde uno o varios ciudadanos (PODERDANTES) encomiendan a otro ciudadano o institución (APODERADO) a que proceda ante las instituciones dominicanas o de otro país que sean precisas, a gestionar la partición de algún tipo de BIEN, propiedad del o los PODERDANTES en conjunto con algún otro propietario. Con frecuencia las particiones de bienes se refieren a herencia o algún tipo de bienes resultados de sucesión o traspaso.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Actos Notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano (si lo tiene).
- Documento de Identidad del PODERDANTE.
- Copia título de propiedad de los bienes sujetos a partición (si existe).
- Nombre y apellido completo, documento de identidad y dirección del APODERADO.
- Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.
- Dos testigos.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
De una a dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
COSTO
El importe es de:
OBSERVACIONES
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
- En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
- Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
FORMULARIO
DESCRIPCIÓN
La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Los dominicanos y extranjeros que requieran que otra persona (APODERADO) actúe en su nombre en la República Dominicana u otro país, a fin de poder realizar diligencias como si fuera el PODERDANTE, puede acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le REDACTE UN ACTO NOTARIAL.
Los Actos Notariales para RECLAMO DE HERENCIA o DETERMINACION DE HEREDEROS son aquellos donde uno o varios ciudadanos (PODERDANTES) encomiendan a otro ciudadano o institución (APODERADO) a reclamar una herencia y al mismo tiempo le instruyen a realizar la partición o no, de los bienes que se obtengan fruto del reclamo.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Actos Notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano (si lo tiene).
- Documento de Identidad del PODERDANTE.
- Copia título de propiedad de los bienes sujetos a partición (si existe).
- Datos del origen de los bienes (a través de quien los PODERDANTES tienen derecho a la herencia).
- Nombre y apellido completo, documento de identidad y dirección del APODERADO.
- Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.
- Un testigo.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
De una a dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
COSTO
El importe es de:
OBSERVACIONES
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
- En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
- Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
FORMULARIO
DESCRIPCIÓN
La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Los dominicanos y extranjeros que requieran que otra persona (APODERADO) actúe en su nombre en la República Dominicana u otro país, a fin de poder realizar diligencias como si fuera el PODERDANTE, puede acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le REDACTE UN ACTO NOTARIAL.
Los Actos Notariales de RENUNCIA EN LOS DERECHOS DE PROPIEDAD son aquellos donde uno o varios ciudadanos (PODERDANTES) encomiendan a otro ciudadano o institución (APODERADO) a que se dirijan a las instituciones públicas o privadas de la República Dominicana o de otro país que sea preciso, a fin de notificar que es voluntad del PODERDANTE renunciar a los derechos de propiedad que tiene sobre un bien en específico, indicando que dicha renuncia lo hace a favor de una segunda persona o institución específica.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Actos Notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano (si lo tiene).
- Documento de Identidad del PODERDANTE.
- Copia título de propiedad de los bienes sujetos a renuncia (si la tiene).
- Nombre y apellido completo, documento de identidad y dirección del APODERADO.
- Documento de identidad o identificación unívoco a favor de quien se seden los derechos de propiedad.
- Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.
- Un testigo.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
De una a dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
COSTO
El importe es de:
OBSERVACIONES
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
- En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
- Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
FORMULARIO
DESCRIPCIÓN
La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Los dominicanos y extranjeros que requieran que otra persona (APODERADO) actúe en su nombre en la República Dominicana u otro país, a fin de poder realizar diligencias como si fuera el PODERDANTE, puede acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le REDACTE UN ACTO NOTARIAL.
Los Actos Notariales para RETIRO DE TITULO son aquellos donde uno o varios ciudadanos (PODERDANTES) encomiendan a otro ciudadano o institución (APODERADO) a que se dirijan al registrador de título o institución que corresponda ya sea en la República Dominicana o en otro país, a fin de que retire uno o varios títulos propiedad del PODREDANTE.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Actos Notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano (si lo tiene).
- Documento de Identidad del PODERDANTE.
- Copia título de propiedad de los bienes sujetos a renuncia (si la tiene) o información específica relacionado al bien para el cual se solicita el retiro de título de propiedad.
- Nombre y apellido completo, documento de identidad y dirección del APODERADO.
- Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.
- Un testigo.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
De una a dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
COSTO
El importe es de:
OBSERVACIONES
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
- En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
- Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
FORMULARIO
DESCRIPCIÓN
La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Los dominicanos y extranjeros que requieran que otra persona (APODERADO) actúe en su nombre en la República Dominicana u otro país, a fin de poder realizar diligencias como si fuera el PODERDANTE, puede acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le REDACTE UN ACTO NOTARIAL.
Los Actos Notariales de REVOCACION DE APODERAMIENTO son aquellos donde uno o varios ciudadanos (PODERDANTES) encomienda a otro ciudadano o institución (APODERADO) a que se dirija a cualquier institución que corresponda en la República Dominicana o cualquier otro país, a notificar que REVOCA el mandado de APODERAMIENTO que anteriormente realizó a favor de otro ciudadano o institución (APODERADO). Con frecuencia el PODERDANTE al momento de revocar un mandato asigna un nuevo APODERADO.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Actos Notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano (si lo tiene).
- Documento de Identidad del PODERDANTE.
- Copia del Acto Notarial o información específica del Acto Notarial a través del cual apoderó al APODERADO a quien se le revocarán los mandatos previamente otorgados (si lo tiene).
- Nombre y apellido completo, documento de identidad y dirección del APODERADO.
- Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.
- Un testigo.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
De una a dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
COSTO
El importe es de:
OBSERVACIONES
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
- En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
- Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
FORMULARIO
DESCRIPCIÓN
La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Los dominicanos y extranjeros que requieran que otra persona (APODERADO) actúe en su nombre en la República Dominicana u otro país, a fin de poder realizar diligencias como si fuera el PODERDANTE, puede acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le REDACTE UN ACTO NOTARIAL.
Los Actos Notariales de SOLICITUD DE PRESTAMO FINANCIERO son aquellos donde uno o varios ciudadanos o institución (PODERDANTES) encomienda a otro ciudadano o institución (APODERADO) a que se dirija a una institución crediticia (banco, asociación, financiera, etc.) y solicite un préstamo financiero a favor del PODERDANTE. Con frecuencia estos préstamos requieren que el PODERDANTE demuestre con bienes que tiene capacidad de pago del préstamo y que ponga algún bien en garantía por el préstamo solicitado.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Actos Notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano (si lo tiene).
- Documento de Identidad del PODERDANTE.
- Copia título de propiedad (si la tiene) que se pondrá en garantía.
- Información específica de la institución donde se solicitará el préstamo (si la tiene).
- Nombre y apellido completo, documento de identidad y dirección del APODERADO.
- Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.
- Un testigo.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
De una a dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
COSTO
El importe es de:
OBSERVACIONES
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
- En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
- Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
FORMULARIO
DESCRIPCIÓN
La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Los dominicanos y extranjeros que requieran que otra persona (APODERADO) actúe en su nombre en la República Dominicana u otro país, a fin de poder realizar diligencias como si fuera el PODERDANTE, puede acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le REDACTE UN ACTO NOTARIAL.
Los Actos Notariales para TRASPASO de ARMA de FUEGO son aquellos donde uno o varios ciudadanos o institución (PODERDANTES) encomienda a otro ciudadano o institución (APODERADO) a que se dirija a las instituciones que sean requeridas en la República Dominicana u otro país, a fin de que solicite que un arma de fuego propiedad del PODERDANTE sea traspasada a otra persona o institución.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Actos Notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano (si lo tiene).
- Documento de Identidad del PODERDANTE.
- Copia matrícula de propiedad del arma de fuego (si lo tiene) o información específica del arma: modelo, año, matrícula, etc.
- Información específica de la persona a quien se traspasará el arma (si conoce la información).
- Nombre y apellido completo, documento de identidad y dirección del APODERADO.
- Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.
- Un testigo.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
De una a dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
COSTO
El importe es de:
OBSERVACIONES
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
- En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
- Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
FORMULARIO
DESCRIPCIÓN
La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Los dominicanos y extranjeros que requieran que otra persona (APODERADO) actúe en su nombre en la República Dominicana u otro país, a fin de poder realizar diligencias como si fuera el PODERDANTE, puede acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le REDACTE UN ACTO NOTARIAL.
Los Actos Notariales para VENTA de ARMA DE FUEGO son aquellos donde uno o varios ciudadanos o institución (PODERDANTES) encomienda a otro ciudadano o institución (APODERADO) a que gestione el proceso de Venta de un arma de fuego propiedad del PODERDANTE.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Actos Notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano (si lo tiene).
- Documento de Identidad del PODERDANTE.
- Copia matrícula de propiedad del arma de fuego (si lo tiene) o información específica del arma: modelo, año, matrícula, etc.
- Información específica de la persona a quien se venderá el arma (si conoce la información).
- Nombre y apellido completo, documento de identidad y dirección del APODERADO.
- Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.
- Un testigo.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
De una a dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
COSTO
El importe es de:
OBSERVACIONES
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
- En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
- Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
FORMULARIO
DESCRIPCIÓN
La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Los dominicanos y extranjeros que requieran que otra persona (APODERADO) actúe en su nombre en la República Dominicana u otro país, a fin de poder realizar diligencias como si fuera el PODERDANTE, puede acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le REDACTE UN ACTO NOTARIAL.
Los Actos Notariales para VENTA de INMUEBLES son aquellos donde uno o varios ciudadanos o institución (PODERDANTES) encomienda a otro ciudadano o institución (APODERADO) a que gestione el proceso de Venta de un INMUEBLE propiedad del PODERDANTE.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Actos Notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano (si lo tiene).
- Documento de Identidad del PODERDANTE.
- Copia título de propiedad del inmueble (si lo tiene), de lo contrario descripción unívoca del inmueble (tipo, ubicación, dimensión, registro catastral, etc.)
- Nombre y apellido completo, documento de identidad y dirección del APODERADO.
- Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.
- Un testigo.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
De una a dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
COSTO
El importe es de:
OBSERVACIONES
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
- En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
- Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
FORMULARIO
DESCRIPCIÓN
La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Los dominicanos y extranjeros que requieran que otra persona (APODERADO) actúe en su nombre en la República Dominicana u otro país, a fin de poder realizar diligencias como si fuera el PODERDANTE, puede acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le REDACTE UN ACTO NOTARIAL.
Los Actos Notariales para VENTA o TRASPASO DE VEHICULO son aquellos donde uno o varios ciudadanos o institución (PODERDANTES) encomienda a otro ciudadano o institución (APODERADO) a que proceda a vender o traspasar uno o varios vehículos propiedad del PODERDANTE.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Actos Notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano (si lo tiene).
- Documento de Identidad del PODERDANTE.
- Copia matrícula de propiedad del vehículo (si lo tiene) o información específica del vehículo: modelo, año, color, matrícula, chasis, etc.
- Información específica de la persona a quien se venderá o traspasará el vehículo (si conoce la información).
- Nombre y apellido completo, documento de identidad y dirección del APODERADO.
- Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.
- Un testigo.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
De una a dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
COSTO
El importe es de:
OBSERVACIONES
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
- En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
- Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
FORMULARIO
DESCRIPCIÓN
La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Los dominicanos y extranjeros que requieran que otra persona (APODERADO) actúe en su nombre en la República Dominicana u otro país, a fin de poder realizar diligencias como si fuera el PODERDANTE, puede acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le REDACTE UN ACTO NOTARIAL.
Los Actos Notariales para VENTA y RETIRO de VEHICULO son aquellos donde un ciudadano o institución (PODERDANTE) encomienda a otro ciudadano o institución (APODERADO) a que gestione el retiro de un VEHICULO de las oficinas de aduana o de cualquier otra institución que sea requerida en la República Dominicana u otro país, y que además proceda a gestionar la venta de dicho vehículo.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Actos Notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano (si lo tiene).
- Documento de Identidad del PODERDANTE.
- Copia título de propiedad del vehículo (si lo tiene), de lo contrario descripción unívoca del vehículo (modelo, tipo, año, color, chasis, tamaño, etc.).
- Nombre y apellido completo, documento de identidad y dirección del APODERADO.
- Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.
- Un testigo.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
De una a dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
COSTO
El importe es de:
OBSERVACIONES
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
- En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
- Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.